miércoles, 29 de junio de 2011

9 de julio de 1816: Declaración de la Independencia Argentina (9)

En 1814, el rey Fernando VII había regresado al trono de España, situación que le quitaba validez y utilidad a la ficticia lealtad a su reinado. Por eso, los diputados estaban convencidos de que era necesario y urgente declarar la Independencia. Por otro lado, se creía indispensable lograr algún tipo de ayuda externa, para lo cual hacía falta que el país declarara su independencia.

9) EL CONGRESO DE TUCUMÁN

Los primeras sesiones del Congreso de Tucumán fueron bastante caóticas: las acciones del Congreso se veían complicadas por la necesidad de atender, de manera simultánea, varias cuestiones diversas; sin embargo, a poco más de un mes de su funcionamiento, se designó una comisión para que redactara una Nota de Materias de Primera y Preferente Atención, siendo las siguientes: 
  1. Un manifiesto a los pueblos.
  2. La Declaración de la Independencia.
  3. El envío de diputados a España.
  4. Los pactos entre provincias.
  5. La forma de gobierno.
  6. Un proyecto de constitución.
  7. Un plan de guerra.
  8. La financiación pública.
  9. La determinación de los límites del Estado.
  10. La creación de ciudades y villas.
  11. La administración de justicia.
  12. Los establecimientos educativos.
El 3 de mayo de 1816, el Congreso designó Director Supremo al general Juan Martín de Pueyrredón, quien ordenó a Manuel Belgrano reemplazar a Rondeau como comandante del Ejército del Norte.


Manuel Belgrano


Apenas instalado el Congreso, los federales (en otra publicación me referiré a los unitarios y los federales) lograron un importante avance: ocupar la ciudad de Santa Fe. El Congreso envió una diputación, para lograr la pacificación con esa provincia, el reconocimiento de la autoridad del Director Supremo y el envío de un diputado al Congreso. Al mando de esa diputación fue enviado el diputado Del Corro, que no sólo no logró una mediación eficaz, sino que se sumó al partido federal de José Artigas, e incluso asistió, en calidad de diputado por Córdoba, al Congreso de Oriente.


El 6 de julio del mismo año, en sesión secreta, asistió al Congreso el general Manuel Belgrano, que había sido durante un par de años embajador de las Provincias Unidas ante el gobierno de Gran Bretaña. Tras contestar algunas preguntas, Belgrano aconsejó un sistema monárquico "temperado" para las Provincias Unidas, es decir, un sistema constitucional. Él pensaba que, a fin de incorporar el Perú a la monarquía, la capital debía estar en Cuzco, nombrando para el cargo de Rey a un descendiente de los Incas.


El general José de San Martín, gobernador de Cuyo, estaba organizando el Ejército de los Andes, que debía llevar adelante la campaña libertadora a Chile. Necesitado de ayuda externa, urgía a los diputados cuyanos a declarar cuanto antes la Independencia; en carta al diputado Godoy Cruz, le decía:

"¡Hasta cuándo esperamos declarar nuestra independencia! ¿No le parece una cosa bien ridícula acuñar moneda, tener el pabellón, y por último hacer la guerra al soberano de quien en el día se cree dependemos. ¿Qué nos falta más que decirlo? Por otra parte, ¿qué relaciones podremos emprender cuando estamos a pupilo? Los enemigos (y con mucha razón) nos tratan de insurgentes, pues nos declaramos vasallos... Ánimo, que para los hombres de coraje se han hecho las empresas. Veamos claro, mi amigo; si no se hace, el Congreso es nulo en todas sus partes, porque reasumiendo éste la soberanía, es una usurpación al que se cree verdadero, es decir, a Fernandito."
José de San Martín


De todos modos, el momento era delicado: la reacción realista triunfaba en todos lados, desde México hasta Chile, pasando por el Alto Perú, que teóricamente aún pertenecía a las Provincias Unidas. Sólo permanecían libres de la reconquista española las Provincias Unidas y el Paraguay.

Finalmente, el 9 de julio de 1816, siendo presidente el diputado Laprida, según la cita del Redactor del Congreso,
”En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis, terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España, los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados ¿Si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fixando en su vitual la declaración siguiente:
”Nos, los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protextando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad bajo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. Y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración. Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.”

El 19 de julio, también en sesión secreta, el diputado Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento, agregando después de "independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli", la frase:
"y de toda otra dominación extranjera.”
La declaración alteraba el nombre del país, llamándolo "Provincias Unidas en Sud América", nombre que no se había utilizado hasta entonces. Al parecer, la intención era declarar la independencia de todas o casi todas las colonias españolas en América del Sur, unificándolas en un solo país, con capital en Cuzco.


Acta de la Independencia Argentina


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